octubre 24, 2011

Si existe Sentencia que condena al progenitor al pago de alimentos, los otros obligados tienen expedito el derecho a demandar extinción.

"...de la revisión de autos este Colegiado considera que carece de sustento la alegada afectación al derecho a la cosa juzgada, pues se señala la existencia de dos sentencias de pensión de alimentos seguida entre las mismas partes; sin embargo de la revisión de autos se aprecia que el primer proceso de alimentos recaído en el Exp. Nº 2000-871, se siguió contra don Macedonio Zarzosa Nolasco, en calidad de abuelo del menor alimentista, quien se comprometió mediante conciliación al otorgamiento de una pensión de alimentos, lo que resulta distinto en el proceso de alimentos recaído en el Exp. Nº 2007-00329, donde el demandado es el recurrente en su condición de padre biológico del menor, es decir, si bien la pretensión resulta ser la misma, las partes demandadas son distintas, no configurándose la triple identidad alegada a fin de sustentar la vulneración del derecho a la cosa juzgada, argumentos que han sido reiterados al desestimar la excepción propuesta por el recurrente (fojas 3, 4, 6 y 7). Por otro lado se observa que en dicho proceso se declaró fundada en parte la demanda fijándose una pensión de alimentos a favor de su hijo, por ser el obligado principal, señalándose que en referencia a la primera demanda seguida contra el abuelo del menor se deja a salvo la posibilidad de que se solicite la exoneración de alimentos conforme a ley"

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Tercer fundamento de la Sentencia recaída en el Expediente Nº 02023-2011-PA/TC Ancash (24.10.2011)

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