"[L]a sentencia de vista (...) sólo ha evaluado los argumentos impugnatorios de la litisconsorte necesaria, es decir, los fundamentos expuestos en su recurso de apelación (...); omitiéndose en forma total efectuar el examen respecto de los fundamentos que expuso el demandado (...) en su escrito de apelación (...), pese a haber sido concedido (...), lo que genera una indefensión y, por tanto, una insuficiente motivación en los fundamentos de la sentencia."
CORTE SUPREMA, Sala Civil Permanente
Cuarto fundamento de la Casación Nº 361-2013 Lima (15.10.2013)
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