julio 15, 2015

Identificación del objeto litigoso

"...es necesario identificar al objeto litigioso toda vez que los bienes normalmente constituyen elementos de la realidad externa al constituir los términos de referencia sobre los cuales se ejercen las facultades y poderes del derecho real en caso contrario este caería en el vacío pues no habría objeto de referencia por ello los bienes deben estar determinados es decir conocerse cuál es su entidad física (o ideal) sobre la cual el titular cuenta con poder de obrar lícitamente".  

CORTE SUPREMA, Sala Civil Transitoria
Sexto fundamentos de la Casación Nº  1828-2014, Lambayeque (06.07.2015)

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Casación Nº 1828-2014, Lambayeque by Erick Llanos on Scribd

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