enero 26, 2007

Utilización de la Prueba Dinámica

"La utilización de la prueba dinámica
Se ha señalado prima face que la carga de probar corresponde a quien afirma hechos que configuran su pretensión, o a quien los contradice alegando nuevos hechos, según lo presenta el artículo 196º del Código Procesal Civil. Frente a ello, la carga probatoria dinámica significa un apartamiento de los cánones regulares de la distribución de la carga de la prueba cuando ésta arroja consecuencias manifiestamente disvaliosas para el propósito del proceso o procedimiento, por lo que es necesario plantear nuevas reglas de reparto de la imposición probatoria, haciendo recaer el onus probandi sobre la parte que está en mejores condiciones profesionales, técnicas o fácticas para producir la prueba respectiva...".

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Quincuagésimo fundamento de la STC Nº 1776-2004-AA/TC, Lima (26.01.2007)

Ver la Resolución escaneada aquí
Ver la Resolución publicada aquí

STC Nº 01776-2004-AA/TC, Lima by Erick Llanos on Scribd

No hay comentarios:

Publicar un comentario