febrero 03, 2015

INDECOPI: El comprador no requiere solicitar autorización para efectuar un pago anticipado

"Respecto al hecho de que en el contrato se haya utilizado el término “solicitar” para hacer referencia al ejercicio del derecho del comprador al pago anticipado; cabe señalar que de ello no puede entenderse que el comprador debía formular un pedido a Los Portales antes de realizar un pago anticipado, considerando que ello constituye un derecho del consumidor en toda operación de crédito a plazos bajo el sistema de cuotas o similares".

INDECOPI, Sala Especializada en Protección al Consumidor
Décimo noveno fundamento de la Resolución N° 0375­-2015/SPC-­INDECOPI (03.02.2015)
Expediente N° 228­2013/CPC-­INDECOPI-­PIU
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Resolución N° 0375­-2015/SP... by Erick

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