"Las resoluciones judiciales, deben emitirse en coherencia con el sentido y alcance de las peticiones y alegaciones formuladas por las partes, asimismo debe exponer la razón suficiente de lo resuelto hacer lo contrario implica afectar el principio de motivación de las resoluciones y el de congruencia; y como consecuencia de ello constituye una afectación al debido proceso".
CORTE SUPREMA, Sala Civil Permanente
Sumilla de la Casación Nº 949-2015 Lima (01.10.2015)
No hay comentarios:
Publicar un comentario