"Los juzgados Especializados de Trabajo son competentes por razón de la materia de conocer en proceso ordinario laboral, las pretensiones sobre indemnización por daños y perjuicios ocasionados por responsabilidad contractual. En consecuencia, cuando sea de naturaleza extracontractual deberá ventilarse en vía procesal civil, a fin de que se sustancie la controversia, de acuerdo a las reglas fijadas en dicho proceso".
CORTE SUPREMA, Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria
Sumilla de la Casación Laboral Nº 9133-2015, Arequipa (26.10.2016)
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Casación Laboral Nº 9133-2015, Arequipa by Erick on Scribd
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