"Se vulnera el derecho a la motivación, en sus manifestaciones del derecho a probar y de la debida valoración probatoria, cuando los órganos jurisdiccionales, al expedir sentencia, omiten efectuar una valoración conjunta y razonada de los medios probatorios. No se encuentra dentro de la esfera de facultades de esta Corte de Casación, provocar un nuevo examen crítico de los medios probatorios que sirven de sustento a la decisión emitida por las instancias de mérito, no es menos cierto que, en algunos casos la arbitraria o insuficiente evaluación de la prueba por la instancia inferior origina un fallo con una motivación aparente, aspecto que faculta a esta Sala Casatoria a revisar que la actividad procesal en materia de prueba, sea realizada debidamente en su pertinencia, idoneidad, utilidad y licitud".
CORTE SUPREMA, Sala Civil Permanente
Sumilla de la Casación Nº 5196-2019, Lima Norte (17.05.2022)
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