"...el recurso deviene en fundado, al haber emitido pronunciamiento, la Sala de Mérito, sobre una causal de nulidad que no fue demandada ni incorporada como punto controvertido; incurriendo en vicio de incongruencia, que evidencia un vicio insubsanable, que afecta el debido proceso, en sus manifestaciones del derecho de defensa y la debida motivación de las resoluciones judiciales, así como el principio de congruencia procesal, pues, las premisas fácticas y jurídicas que sustentan la decisión del Ad quem, no están debidamente validadas con lo actuado en el proceso, conforme a los planteamientos de las partes, confrontadas con la base fáctica y el acervo probatorio del proceso -; por lo que, las denuncias de índole procesal devienen en fundadas".
CORTE SUPREMA, Sala Civil Permanente
Sumilla de la Casación Nº 1726-2019 Cañete (11.01.2024)
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