"El principio de preclusión, consiste en que cada etapa del proceso concluye para dar paso a una nueva etapa, de manera que no es posible regresar a cuestionamientos efectuados en la etapa anterior, en salvaguarda del derecho de defensa, las partes procesales no pueden quedar en una permanente incertidumbre de que algún aspecto procesal pueda ser cuestionado en cualquier momento".
CORTE SUPREMA, Sala Civil Permanente
Sumilla de la Casación Nº 2341-2018, Cusco (El Peruano, 21.03.2023)
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