"...en los casos en que se denuncia un acto de discriminación, es clave partir de un término de comparación o tertium comparationis, a partir del cual se pueda realizar un paragón entre una y otra persona".
CORTE SUPREMA, Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria
Casación Laboral N° 13843-2022, Piura (El Peruano, 21.08.2024)
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