"...En consecuencia, de lo expuesto se tiene que el investigado César Magno Madrid Dávila, en su condición de especialista legal del Juzgado Civil de Concepción, Distrito Judicial de Junín, mantuvo una relación extraprocesal con el señor Saúl Tito Poma Calderón, parte demandante en el expediente Medida Cautelar número cero treinta y nueve guion dos mil veinte guion ochenta y uno guion mil quinientos cuatro guion JR guion CI guion cero uno, que se encontraba a su cargo como especialista legal del referido juzgado. Habiéndose generado una relación que va más allá de la que debe existir entre un servidor judicial a cargo del trámite de un proceso y un litigante, ya que la solicitud de préstamo por parte del servidor judicial Madrid Dávila al litigante Poma Calderón ha sido acreditada precedentemente, quedando evidenciado que los mencionados giros de dinero en favor del investigado tenían la finalidad de que éste apoye al quejoso Poma Calderón en el trámite de sus procesos civiles".
CONSEJO EJECUTIVO DEL
PODER JUDICIAL, Investigación Definitiva Nº 316-2022-Junín (El Peruano, 18.08.2024)
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