"Prohibir la impresión de expedientes judiciales electrónicos en los procesos no penales; así como la transcripción íntegra de audiencias que han sido grabadas en audio y video; bajo responsabilidad funcional administrativa, y con conocimiento a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial".
CORTE SUPREMA, Consejo Directivo
Resolución Administrativa N° 000022-2025-CE-PJ (El Peruano, 28.01.2025)
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