mayo 14, 2025

Inaplicación de precedente

"...la interpretación judicial fundada en hechos probados y en límites procesales objetivos no puede ser calificada como una omisión normativa".
 
CORTE SUPREMA, Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria
Sumilla de la Casación Nº 33942-2024, Lima (14.05.2025)

Ver la Resolución escaneada aquí

No hay comentarios:

Publicar un comentario