"La adquisición del derecho de propiedad que invoca la parte actora no goza de la presunción de buena fe en virtud al Principio de Publicidad contenido en el art. 2012 del CC, por el cual ésta no puede negar el conocimiento de la medida de embargo que pesaba sobre la totalidad del predio cuyos determinados niveles (pisos) que formaban parte de él habían sido adquiridos por dicha persona".
CORTE SUPREMA, Sala Civil Transitoria
Sumilla de la Casación Nº 4081-2014 Junín
(El Peruano, suplemento "Sentencias de Casación", Año XX / Nº 718, págs. 83237-83239)
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