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abril 24, 2017

Cuándo fenece sociedad de gananciales en divorcio por causal de imposibilidad de hacer vida en común

"Habiéndose amparado la demanda de divorcio por la causal de imposibilidad de hacer vida en común, prevista en el artículo 333 inciso 11 del Código Civil, el régimen de sociedad de gananciales fenece desde la fecha de notificación con la demanda de divorcio, en aplicación del artículo 319 del mencionado texto normativo.