"...conforme con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la doctrina sobre la materia, el principio pro persona implica que, en caso de duda o de incertidumbre con respecto de qué disposición utilizar (entre varias aplicables), o sobre qué significado se le debe atribuir a una disposición (es decir, al intentar establecer cuál es la norma que se desprende de un enunciado jurídico, cuando existan varios significados posibles), debe escogerse aquella disposición o significado (norma) que favorezca más a la persona y a sus derechos".
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, Pleno
Cuarto fundamento de la STC Nº 320/2022 recaída en el Expediente Nº 03324-2021-PHC/TC, Tumbes (22.11.2022).
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