"...los contratos son obligatorios en cuanto se haya expresado en ellos. Nadie podría oponerse a esta norma. Pero, ¿qué es lo que se ha expresado en ellos? Ese es un problema de interpretación. Y la prueba de que el texto literal puede no coincidir con lo realmente expresado en el contrato es que la misma norma agrega que a quien niegue la coincidencia entre la declaración y la voluntad de las partes le corresponde la prueba de la divergencia. Por consiguiente, la divergencia entre declaración e intención es posible y, si es alegada, no puede ser rechazada acudiendo a una simple literalidad sino que se tiene que permitir a quien alega tal diferencia que la demuestre".
DE TRAZEGNIES GRANDA, Fernando
"La verdad construida: algunas reflexiones heterodoxas sobre la interpretación legal".
THEMIS - Revista de Derecho Nº 51. PUCP, año 2005. Pág. 36.
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