diciembre 22, 2010

La fiscalía está en la obligación de probar la condición económica del imputado en el delito de omisión a la asistencia familiar

«Que esta Sala Penal Superior no comparte el argumento esgrimido por el representante del Ministerio Público, quien considera que en los delitos contra la Familia en su modalidad de "Omisión a las Prestaciones Alimentarías", en el proceso penal instado, no es necesario la realización de mayores actos de investigación, pues afirma, que la obligación alimentaría ya estaría debidamente acreditada; No obstante ello, aceptar dicha postura, arribaría a considerar que en cuanto a este delito, la instancia judicial se convierta en un "mero órgano tramitador o ejecutor de decisiones extrapenales"; lo cual desnaturalizaría por completo las funciones del órgano Fiscal como defensor de la legalidad y además responsable de la carga de la prueba, igualmente como lo ha sostenido el Tribunal Constitucional»

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TUMBES, Sala de Apelaciones - Sede Central
Fundamento "D" de la Sentencia de Vista (22.12.2010)
Expediente Nº 00346-2010-87-2601-JR-PE-02 

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