"El demandante ha cumplido con aportar pruebas suficientes de que laboró fuera de la jornada laboral establecida por la demandada constituyendo prueba idónea los registros de entradas y salidas de los trabajadores; salvo se presenten otras pruebas que le resten valor probatorio".
CORTE SUPREMA, Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social
Décimo segundo fundamento de la Casación Laboral Nº 6802-2015 Lima (18.01.2016)
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