"...En cuanto al derecho a las notificaciones, es necesario precisar que la notificación reviste un rol central en los procedimientos (sea cual fuere su naturaleza), no solamente porque está ligada íntimamente a un deber de la Administración, sino porque resulta esencial para ejercer el derecho de defensa de los administrados".
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Fundamento cuarto de la Sentencia recaída en el Expediente Nº 02540-2012-PA/TC, Cusco (El Peruano, 05.02.2016)
No hay comentarios:
Publicar un comentario