mayo 03, 2016

La independencia e imparcialidad el Juez

"19. La independencia judicial, en términos generales, asegura que el justiciable no sea juzgado por un juez contaminado sobre la base de influencias externas al proceso, ya sea que estas provengan de fuera de la organización judicial o de dentro de ella. En cambio, la imparcialidad se asocia a la necesidad de que se observe ciertas exigencias dentro del mismo proceso, como es la necesidad de que el juez no tenga mayor vinculación con las partes, pero también con el objeto del proceso mismo". 

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Fundamento décimo noveno de la STC, recaída en el Expediente Nº 1460-2016-PHU/TC, Lima, (03.05.2016)

No hay comentarios:

Publicar un comentario