septiembre 23, 2016

Empleadores no pueden reducir el sueldo de sus trabajadores unilateralmente

"Solo es posible la reducción de las remuneraciones cuando la misma sea expresamente pactada entre el trabajador y el empleador, no pudiendo este acuerdo afectar en forma alguna los derechos que se han generado producto de servicios ya prestados".

CORTE SUPREMA, Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria
Sumilla de la Casación Laboral Nº 3711-2016, Lima (23.09.2016)

Ver Resolución escaneada aquí

No hay comentarios:

Publicar un comentario