agosto 08, 2024

Las fotocopias son idóneas para acreditar un hecho

"Las fotocopias, al ser -según el Código Procesal Civil- un tipo de documento, son idóneas para acreditar un hecho y generar certeza en el juez; por lo que, no debe negarse a las mismas, de manera liminar o automática, eficacia probatoria; por el contrario, deben ser valoradas de acuerdo con las circunstancias particulares que se presentan en el caso particular (es decir, teniendo en cuenta la falta de cuestionamiento o tacha de dicha prueba, la existencia de presunción relativa de verdad de los hechos que se buscan acreditar con ellas, etc.), ya que de ello dependerá el valor probatorio que pueda asignarse a aquellas"

CORTE SUPREMA, Sala Civil Permanente.
Sumilla de la Casación Nº 4040-2022, Callao (08.08.2024).

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