febrero 20, 2025

Criterios para la determinación de cláusulas abusivas en las relaciones de consumo

«...los requisitos para determinar si estamos ante una cláusula abusiva son los siguientes: i) Que no haya existido una negociación entre el consumidor y el proveedor respecto del contenido de la cláusula materia de cuestionamiento. Si el proveedor acredita la existencia de negociación, la denuncia debe declararse infundada; y, ii) que exista desproporción injustificada entre los beneficios, riesgos y costos asumidos por ambas partes en perjuicio del consumidor. Cabe anotar que la Sala considera que los requisitos señalados son aplicables tanto a las cláusulas abusivas de ineficacia relativa (reguladas en el artículo 51º del Código), así como a las de ineficacia absoluta (recogidas en el artículo 50º del referido cuerpo normativo)".

TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Sala Especializada en Protección al Consumidor
Noveno fundamento la Resolución Nº 642-2025/SPC-INDECOPI del 20.02.2025 (Exp. Nº 0359-2023/CPC-INDECOPI-LAL)

No hay comentarios:

Publicar un comentario