"Las sentencias de mérito incumplen con el requisito de la motivación adecuada y suficiente, al prescindir indebidamente de un medio probatorio, como es la evaluación sicológica practicada al demandado, pese a que dicha prueba había sido incorporada de oficio por el A quo, luego de considerar que los medios probatorios ofrecidos por las partes resultaban insuficientes".
CORTE SUPREMA, Sala Civil Transitoria
Sumilla de la Casación N° 2712- 2014 Lima Norte (15.08.2015)
(El Peruano, 01.02.2016, suplemento "Sentencias de Casación", Año XX / Nº 711, págs. 74351-74353)
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