mayo 12, 2016

Constituye motivación insuficiente señalar que no existe cónyuge perjudicado con la separación de hecho

"Constituye motivación insuficiente señalar que no existe cónyuge perjudicado sin tener en cuenta que el Tercer Pleno Casatorio Civil - Casación N° 4664-2010-Puno exige analizar las siguientes circunstancias: el grado de afectación emocional o psicológica de la recurrente; la tenencia y custodia de hecho de sus hijos menores de edad y la dedicación al hogar; si dicho cónyuge tuvo que demandar alimentos para ella y sus hijos menores de edad, ante el incumplimiento del cónyuge obligado; si ha quedado en una manifiesta situación económica desventajosa y perjudicial con relación al otro cónyuge y a la situación que tenía durante el matrimonio, entre otras circunstancias relevantes como: las razones por las que tuvo que abandonar el hogar conyugal; los procesos de violencia incoados; y si la demandante cuenta con los medios económicos para subsistir a fin de cesar o no la obligación alimentaria que el demandado está pasando por mandato judicial. Artículo 139 inciso 5) de la Constitución".

CORTE SUPREMA, Sala Civil Permanente
Sumilla de la Casación  N° 004166-2015, Cajamarca (12.05.2016)

Ver Resolución escaneada aquí

Casación N° 004166-2015, Cajamarca by Erick on Scribd

No hay comentarios:

Publicar un comentario