octubre 17, 2019

Sobre el derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva

"2. Este Tribunal recuerda, en relación con el derecho a la tutela jurisdiccional efectivaque: a) este derecho comprende, entre otras cosas, el derecho a la efectividad de las resoluciones judiciales, es decir, que el fallo judicial se cumpla y que al justiciable vencedor en juicio justo y debido se le restituya su derecho y se le compense, si hubiere lugar a ello, por el daño sufrido, y b) el derecho a la efectividad de las resoluciones judiciales y la garantía constitucional de que se respete la cosa juzgada, exigen no sólo que quienes hayan resultado vencidos en juicio cumplan todos los términos señalados en la sentencia firme, sino también impone deberes al juez y, en particular, a aquellos que están llamados a ejecutar lo resuelto en una sentencia con calidad de cosa juzgada. En particular, la responsabilidad de ejecutarlas, para lo cual tienen la obligación de adoptar todas las medidas necesarias y oportunas destinadas a dar estricto cumplimiento de la sentencia, las que deberán tomarse sin alterar su contenido o su sentido. (Cfr. STC N° 01334-2002-AA/TC, fundamento 2)".

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Segundo fundamento de la STC Nº 270/2020, recaída en el Expediente Nº 05509-2014-PA/TC, Puno (17.10.2019) 

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STC Nº 270/2020, Exp. Nº 05509-2014-PA/TC by Erick on Scribd

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