noviembre 09, 2020

Valoración integral de la prueba

"La prueba debe ser valorada en su integridad, de manera conjunta y razonada, acorde a las alegaciones de las partes y a la naturaleza de la litis; hacer lo contrario constituye afectación al debido proceso, específicamente a la adecuada motivación y valoración de los medios probatorios". 

CORTE SUPREMA. Sala Civil Transitoria
Sumilla de la Casación Nº 2804-2017, Ica (El Peruano, 09.11.2020) 

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Casación Nº 2804-2017, Ica by Erick on Scribd

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