"…de la revisión de los actuados, se evidencia que ha existido avocamiento de la autoridad inspectiva en un caso judicializado, […] Por ello, al llevarse a cabo las actuaciones inspectivas mientras se encontraba en trámite el proceso judicial antes referido, se advierte un riesgo de desplazamiento de las competencias judiciales".
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TRIBUNAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL. Primera Sala
Fundamento 6.6. de la Resolución N° 154-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala (02.08.2021)
Resolucion Nº 154-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala by Erick Llanos on Scribd
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