"La renuncia constituye una manifestación libre y voluntaria del trabajador en la que se evidencia el deseo de dar por concluido el vínculo laboral. En caso de alegarse la intimidación, esta deberá ser probada de manera fehaciente, al interior del proceso".
CORTE SUPREMA, Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria
Casación Laboral Nº 13402-2023, Lima Este (16.07.2025)
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