enero 19, 2026

Inicio del plazo de prescripción de la acción indemnizatoria derivada de acto administrativo nulo

"La pretensión indemnizatoria derivada de la actuación administrativa puede plantearse de manera autónoma en el proceso contencioso administrativo. En los supuestos en que el daño alegado deriva de un acto administrativo posteriormente declarado nulo por el Poder Judicial, el plazo de prescripción de la acción indemnizatoria se computa desde la fecha en que dicha nulidad adquiere firmeza, pues solo a partir de ese momento se configura jurídicamente el hecho lesivo que habilita el ejercicio de la acción resarcitoria. En ese sentido, La medida correctiva fue declarada judicialmente nula en un proceso previo, por ello, desde esa declaración de nulidad se configura jurídicamente el daño, en consecuencia, la empresa administrada presentó la demanda dentro del plazo legal" [Plazo Legal: Art. 2001, num. 4 del Código Civil]. 

CORTE SUPREMA, Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria
Sumilla de la Casación Nº 25913-2023, Lima (19.01.2026).

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