"...este Tribunal ha precisado que la ejecución de una sentencia que concede beneficios laborales no impide el descuento de ley en materia de impuesto a la renta o aportes previsionales, puesto que constituye una obligación legal derivada de la propia naturaleza jurídica de los conceptos a ser pagados por el trabajador, sujeto a responsabilidad y pasible de configurar infracción, como se indicó. Sin perjuicio de lo señalado, es evidente que, si existe un error en el cálculo de lo retenido, el trabajador tiene la posibilidad de cuestionar el monto respectivo (Sentencia 0163-2024-PA/TC,
fundamento 11; Sentencia 0190-2021-PA/TC)".
fundamento 11; Sentencia 0190-2021-PA/TC)".
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, Sala Primera
Fundamento duodécimo de la STC Nº 582/2026, recaída en el Expediente N° 01829-2024-PA/TC, Lima (25.03.2026).
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