"...en el contrato modal por inicio de actividad, no basta con detallar como causa objetiva la apertura de un nuevo local [...], sino que se tiene que determinar con precisión la nueva actividad a la que se va dedicar la empresa".
CORTE SUPREMA. Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria
Fundamento 7.5 de la Casación Laboral Nº 28785-2023, Lima (09.03.2026).
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