«...cuando el vínculo laboral del trabajador de confianza, se extingue por decisión unilateral del empleador, bajo la forma de “retiro de confianza”, nos encontramos ante un despido arbitrario, en tanto se interrumpe la relación laboral del trabajador sin la expresión de una causa justa y sin la observancia del procedimiento de despido preestablecido por la ley».
CORTE SUPREMA. Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria
Décimo fundamento de la Casación Laboral Nº 29553-2024, Loreto (20.04.2026).
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