"...en los procesos contencioso administrativos [...] en los que se ejerce control judicial sobre actos administrativos de naturaleza patrimonial emitidos por entidades públicas, en tanto el órgano jurisdiccional está llamado a verificar no solo la regularidad formal de la actuación administrativa, sino también su adecuación con el marco normativo invocado por las partes y con los principios que rigen la legalidad administrativa [...] la motivación judicial debe ser reforzada, especialmente cuando se discute la interpretación de normas que sirven de sustento a la imposición de cargas económicas al administrado".
CORTE SUPREMA, Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria
Fundamento 4.5 de la Casación Nº 49595-2022, Lima (El Peruano, 13.04.2026)
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