junio 21, 2026

Metodología para la aplicación del principio de interpretación favorable para la eliminación de barreras burocráticas

«SUMILLA: Se APRUEBA EL PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA que interpreta y establece una metodología para la aplicación del principio de interpretación favorable, contenido en el numeral 3 del artículo 4 del Decreto Legislativo 1256, en los siguientes términos:

(i) El principio de interpretación favorable constituye un criterio o método de interpretación de naturaleza teleológica, orientado a privilegiar aquellas interpretaciones que mejor se alineen con las finalidades del régimen de eliminación de barreras burocráticas. Su ámbito de aplicación se circunscribe estrictamente a la interpretación de disposiciones normativas aplicables a un caso concreto.

(ii) El principio de interpretación favorable es una herramienta esencial para garantizar la eficacia del régimen de eliminación de barreras burocráticas, cuya adecuada aplicación permite que las decisiones
de los órganos resolutivos en materia de eliminación de barreras burocráticas no solo sean jurídicamente correctas, sino también coherentes con el modelo de economía social de mercado y con los objetivos de competitividad y simplificación administrativa que ha desplegado el Estado peruano.

(iii) El principio de interpretación favorable posee un carácter transversal, por lo que puede ser aplicado en todas las etapas del procedimiento de eliminación de barreras burocráticas, desde la admisión a trámite de la denuncia hasta la emisión del pronunciamiento de fondo, siempre que exista una pluralidad de interpretaciones jurídicamente viables.

(iv) Para aplicar el principio de interpretación favorable de manera adecuada en un caso concreto, se
debe seguir la siguiente metodología, compuesta por tres etapas diferenciadas:

- Identificación de la pluralidad de interpretacionesverificar la existencia de dos o más interpretaciones posibles del caso concreto.

- Test de compatibilidad normativa: evaluar la validez de dichas interpretaciones, descartando aquellas que no sean compatibles con el ordenamiento jurídico.

- Selección de la interpretación más favorable: optar por la alternativa que, motivadamente, cumpla de mejor manera con las finalidades del régimen de eliminación de barreras burocráticas, en términos de promoción de la competencia y simplificación administrativa».

INDECOPI. Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
Sumilla de la Resolución Nº 0231-2026/SEL-INDECOPI, Expediente N° 000013-2024/CEB (El Peruano, 21.06.2026).

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