junio 03, 2026

Título pendiente en otro registro no suspende la calificación

No constituye causal de suspensión de la calificación la existencia de un título pendiente en otro Registro. La incompatibilidad susceptible de justificar la suspensión debe emanar de títulos pendientes relativos a la partida donde habrá de practicarse la inscripción.

TRIBUNAL REGISTRAL
Resolución Nº 2432-2026-SUNARP-TR (03.06.2026).

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