"Debe señalarse que el error in cogitando es un vicio que se presenta cuando hay ilogicidad en la motivación y se materializa si la resolución judicial emitida evidencia un razonamiento judicial incoherente o con defectos palpables de contradicción, sea tanto por falta de suficiencia lógica porque las premisas no conducen a la conclusión arribada, es decir el precisum no es efecto de la ratio decidendi en clara violación del principio lógico de la razón suficiente o de alguna de las reglas de la lógica".
CORTE SUPREMA. Sala Civil Permanente
Sumilla de la Casación Nº 48-2023, Ayacucho (El Peruano, 18.09.2026)
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